El sistema de régimen de plataformas digitales se implementó en junio de 2020 buscando principalmente implementar obligaciones fiscales para regular las actividades económicas de las personas en relación con las plataformas digitales.
Todo lo anterior se sustenta en los suplementos legales con las siguientes referencias:
Las Plataformas Tecnológicas, para cumplir con las obligaciones de retención del Impuesto a la Renta y del IVA, deberán solicitar información tributaria a los contribuyentes que presten sus servicios a través de su plataforma para la emisión de los comprobantes fiscales correspondientes a su nombre.
De igual forma, al solicitar información fiscal, se debe incluir la validación de datos para garantizar la exactitud de los datos y la validación del estado fiscal. Esto se hace en cumplimiento de los lineamientos establecidos en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Al realizar una actividad económica, toda plataforma tecnológica está obligada a emitir un CFDI por las retenciones fiscales sobre los ingresos que los prestadores de servicios generan a través de ella.
La importancia de validar esta información contra la lista de LCO es crucial para determinar el porcentaje de retención de impuestos a aplicar sobre los ingresos de cualquier contribuyente en relación con su estado fiscal o incluso errores u omisiones en dicha información.
Dentro de la legislación fiscal vigente, se establece que a los usuarios que no proporcionen sus datos fiscales al retenedor, extravíen información o tengan datos erróneos, se les debe aplicar una tarifa de retención mayor del 20% ISR y 16% IVA.
Estas nuevas normas han estado en construcción desde que fueron lanzadas y es importante considerar que son cambiantes y que hay que adaptar las soluciones tecnológicas para cumplir con los cambios más recientes.
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