10/18/2022
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Declaración de impuestos, ¿puedo deducir si soy asalariado? - Heru

Lo primero que debemos comprender antes de saber si puedes deducir impuestos es saber qué personas son consideradas asalariadas.

Se conoce como asalariado a todos aquellos que trabajan para una empresa o tienen un empleador y están vinculadas por un contrato de trabajo percibiendo un salario, prestaciones y participación de utilidades derivadas de sus actividades; además de indemnización por separación de su empleo.

Es decir, son todas las personas que reciben un salario de forma regular por su trabajo. 

Existen otros ingresos que son considerados similares a salarios, como aquellos que perciben: 

  • Funcionarios federales, estatales y municipales de la nación.
  • Miembros de la Marina y Fuerzas Armadas de la nación.  
  • Todo tipo de anticipos a personal de sociedades y asociaciones civiles.
  • Honorarios a personas que presten servicios a un empleador en sus instalaciones.
  • Comerciantes que trabajan para empresas, ya sean personas físicas o personas morales.

Soy asalariado, ¿estoy obligado a declarar?

Por ley, las personas asalariadas no están obligadas a presentar declaración anual, con excepción de aquellas que: 

  • Cuentan con dos o más empleadores al mismo tiempo.
  • Dejaron de prestar sus servicios antes del 31 de diciembre del año presente.
  • Prestan servicios en empresas que no están obligadas a realizar retenciones, como lo son algunos organismos internacionales. 
  • Obtuvieron ingresos mayores a los $400,000 pesos anuales. 
  • Acordaron con su empleador que presentarán su Declaración Anual por cuenta propia.
  • Perciben otros ingresos como los son deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona diferente o inversiones en el extranjero.
  • Hayan obtenido ingresos ya sea por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
  • Quienes hayan obtenido ingresos por servicios profesionales (honorarios), arrendamiento de bienes inmuebles, actividades empresariales, enajenación de bienes, adquisición de bienes e intereses, excepto los que tributen en el régimen RIF.

Ahora bien, si no cumples con los siguientes requisitos pero quieres realizar tu declaración anual y realizar deducciones, puedes hacerlo aunque no estés obligado a hacerlo. 

Es muy importante que tengas presente que la declaración anual se presenta, a más tardar, el 30 de abril siguiente de cada año fiscal. 

¿Cómo puedo deducir impuestos si soy asalariado?  

Cuando realizas tu declaración anual, ésta deberá incluir la información de tus ingresos, tus deducciones, retenciones y pagos provisionales. 

Los gastos que puedes deducir de forma anual son: 

Gastos Médicos

  • Honorarios médicos, dentales así como servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. 
  • Medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Gastos hospitalarios y de enfermeras.
  • Alquiler o compra de aparatos necesarios para rehabilitación y/o prótesis.
  • Análisis y estudios clínicos. 
  • Lentes graduados para corregir defectos visuales por valor no mayor a $2,500 pesos. 
  • Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
  • Gastos funerarios ( en caso de ser necesario)

Los gastos médicos son deducibles ya sean para ti, tu cónyuge, tus padres, abuelos, hijos y/o nietos.

Educativos 

Aquí es posible declarar los gatos por colegiaturas, solo de nivel preescolar a nivel medio superior, con excepción de la inscripción o reinscripción. El transporte escolar sólo podrá ser deducible si es obligatorio su uso. 

Esos son los montos permitidos (con límite de deducción anual): 

  • Preescolar: $14,200 
  • Primaria: $12,900 
  • Secundaria: $19,900 
  • Técnico: $17,100 
  • Bachillerato/ Preparatoria: $24,500 

Funerarios

Es posible deducir los pagos realizados para ti, tu cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos. Para que sea efectivo, las personas por las que realizas la deducción no deben percibir ingresos mayores al valor de la UMA anual, la cual es equivalente a  $32,693.40.

Otros 

  • Créditos hipotecarios para casa habitación.
  • Donativos a instituciones. 
  • Aportaciones voluntarias a AFORE.
  • Impuestos locales por salarios. 

 

No olvides que para que los gastos sean aceptados como deducibles de impuestos deben ser pagados con transferencia bancaria, cheque nominativo, tarjeta de crédito o débito y tener un comprobante CFDI que ampare dicho gasto.

Los gastos en efectivo solo son aceptados y montos menores a $2,000 pesos. 

Cuando realizas tu declaración anual, puede darse el caso de que tengas saldo a favor, es decir, puedes recuperar una cantidad determinada de los impuestos que pagaste.

Esto ocurre, tras realizar el cálculo de los impuestos e ingresos que declaraste, el SAT determina que pagaste más de lo que estabas obligado a pagar. 

¿Cómo realizar mi declaración anual? 

Puedes realizar tu declaración anual desde  la plataforma del Sistema de Administración Tributaria (SAT). Para realizarla es necesario que cuentes con los siguientes requisitos: 

  • e.firma
  • RFC
  • Número de cuenta de alguna institución financiera con CLABE Interbancaria. De preferencia donde recibas tu nómina.
  • Recibos de pago de tu actual empleo en donde vengan señaladas las retenciones realizadas:  ISR, IVA e IEPS.

Ya que cuentas con la documentación necesaria, deberás realizar los siguientes pasos:

  1.  Ingresa al portal del SAT, da clic en declaraciones y luego ve a la sección de declaraciones anuales
  2. Inicia sesión utilizando tu RFC y tu contraseña. 
  3. Revisa que la información que esta precargada en el sistema sea correcta.
  4. Firma la declaración y envíala. 
  5. Recibirás un comprobante de recibido. 

Si vas a realizar tu declaración anual, lo ideal es que recurras a expertos como Heru, la app donde puedas realizar tu declaración de forma segura y transparente. Además gracias a nuestro sistema de validación de deducibles y estrategias fiscales autorizadas por el SAT nuestros usuarios usualmente generan saldo a favor. 

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