11/8/2022
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Debo declarar impuestos si quiero rentar una propiedad

Si cuentas con un bien inmueble que deseas arrendar para aumentar tus ingresos y tienes dudas en sí debes o no declarar impuestos por poner a la renta tu propiedad, la respuesta es que sí, debes realizar tu declaración de impuestos. A continuación te contaremos todo lo que debes saber al respecto. 

 

Todas las personas que perciben ingresos por realizar alguna actividad económica están obligadas a darse de alta en el Servicio de Administración Tributaria en el régimen fiscal que más se ajusta a sus actividades para, de esta manera, poder cumplir con sus obligaciones tributarias. 

El régimen fiscal, por tanto, se refiere al conjunto de regulaciones que determinan la situación fiscal de todos los contribuyentes, sin importar si son personas físicas o morales. Dependiendo del régimen fiscal en el cual estés incorporado dependen los derechos y obligaciones tributarias.

En nuestro país, existen 2 tipos de personas reconocidas por el SAT: las personas físicas y las personas morales. Los regímenes fiscales para personas físicas reconocidos por el SAT son:

Régimen de Actividad Empresarial y Profesional 

Aquí se encuentran los contribuyentes que realizan actividades empresariales o aquellos que prestan servicios de forma independiente. Para estar considerados como actividad empresarial, deben contar con una estructura de empresa: empleados, oficina, puestos laborales establecidos, etc. Aquí entran actividades económicas comerciales, industriales, ganaderas, o agrícolas. 

Por otro lado, también en este régimen se encuentran los contribuyentes que realizan actividades profesionales especializadas, es decir, para realizarlas deben contar con un título; como:  médicos, abogados y/o arquitectos. Por otro lado, aquí también tributan las personas que trabajan por honorarios, freelancers y/o por proyecto y, aunque no es necesario que cuenten con un título universitario, es necesario que tengan estudios específicos para desempeñar sus actividades económicas. 

 

Arrendamiento de inmuebles

Aquí tributan todas aquellas personas que perciben ingresos económicos por rentar o subarrendar inmuebles, ya sean con fin habitacional o comercial, como: departamentos, casa habitación, terrenos, bodegas, locales comerciales o edificios.

Asalariados

Son asalariadas todas aquellas que trabajan para una empresa o tienen un empleador y están vinculadas por un contrato de trabajo percibiendo un salario, prestaciones y participación de utilidades derivadas de sus actividades; además de indemnización por separación de su empleo.

Régimen Simplificado de Confianza 

Conocido también como RESICO, este régimen tributario es ideal para todas aquellas personas con ingresos anuales menores a $3,5000,000 MXN y que tributen en cualquiera de estos 3 regímenes fiscales:

  • Actividades empresariales y profesionales 
  • Arrendamiento de inmuebles
  • Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas 

¿En qué régimen debo tributar si voy a arrendar un bien inmueble?

Si eres el dueño de una propiedad, ya sea una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega, y autorizas a una personas o grupo de personas a utilizar tu propiedad a cambio de una cantidad de dinero de forma periódica (renta), deberás tributar en el Régimen de Arrendamiento. Este régimen se caracteriza por:

 

  • Existe un arrendador, el cual es el propietario del bien inmueble. 
  • Se considera como arrendatario a la persona que realiza el pago económico de forma periódica por hacer uso de la propiedad. 
  • Al pago realizado de forma periódica del arrendatario al arrendador, se le conoce como renta. 

  

Al estar dado de alta en este régimen fiscal, deberás realizar declaraciones mensuales o trimestrales; además de tu declaración anual en la que podrás realizar deducciones personales. No olvides que también deberás pagar de forma mensual o en su caso, trimestral los impuestos correspondientes, si tus ingresos mensuales no superan los $26,411.52

¿Qué pasa si no notificó al SAT sobre mis actividades como arrendador?

Si estás arrendando alguna propiedad, es importante que lo notifiques al SAT y pongas en orden tu situación fiscal, antes de que esto te provoque dolores de cabeza con el pago de actualizaciones, recargos y hasta sanciones por parte del Servicio de Administración Tributaria .

En nuestro país hay más de 5.8 millones de viviendas en alquiler de las cuales solo el 54% se encuentran debidamente regulados por un contrato, según datos proporcionados por la Encuesta Nacional de Vivienda del 2020. Pero, si bien, contar con un contrato de arrendamiento es una forma de proteger nuestro patrimonio en renta, no lo asegura por completo. No pagar los impuestos correspondientes por el alquiler de un inmueble como lo estipula la ley, puede no ayudarnos en caso de tener problemas con los inquilinos a futuro, si se diera el caso. Es decir, si el propietario tiene un problema con el inquilino, la única forma para demostrar que éste se encuentra incumpliendo con el pago de la renta, es con la emisión de recibos y, en dado de ir a juicio para que la ley falle a su favor, deberá demostrar que emitió los comprobantes fiscales.

¿Cómo puedo regular el arrendamiento de inmuebles ante el SAT?

Lo primero que debes hacer antes de arrendar una propiedad es darte de alta ante el SAT, para que después puedas emitir con toda tranquilidad los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Al darte de alta, es muy importante que elijas cuál es el régimen fiscal ideal para ti de acuerdo a tus actividades económicas. Actualmente existen dos regímenes fiscales para personas que obtienen ingresos por el alquiler de una propiedad. 

El primero es el de arrendamiento, en el cual de acuerdo con la ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), en donde se paga sobre la utilidad, es decir, deberán pagar entre el 1.92% al 35% de acuerdo del monto de la renta.

 

El segundo régimen en el que pueden registrarse es RESICO, en donde el pago del ISR puede ir desde 1%, a partir de ingresos de 300,000 pesos anuales, hasta 2.5% en caso de tener ganancias, por la renta de un inmueble, de 3.5 millones de pesos al año.

¿Qué necesito para poder darme de alta en RESICO?

El  Régimen Simplificado de Confianza otorga varios beneficios para que los contribuyentes puedan estar al corriente en cuestiones fiscales; pero para incorporarse es importante cumplir con los siguientes requisitos: 

  • Contar con RFC y e.firma.
  • Tener activo tu Buzón Tributario.
  • Tu ingreso anual no puede ser mayor a 3.5 millones de pesos.
  • Estar al corriente en tus obligaciones fiscales. 

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