Las personas físicas tienen la obligación de presentar su declaración anual, en la que pueden considerar algunos gastos personales deducibles, que podrían favorecer sus saldos con el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Abril es el mes que muchos temen y otros deberíamos aprovechar para recuperar impuestos. Esto con algunos gastos personales que ayudan a disminuir los ingresos acumulables en la declaración anual.
Al aplicar conceptos deducibles en la declaración anual del ejercicio 2021 puedes obtener un saldo a favor, lo que ayuda a bajar los impuestos que debes pagar.
A lo largo del ejercicio fiscal 2021 debiste presentar las declaraciones mensuales. En ellas se consideraron deducibles los gastos en productos y servicios relacionados a tu actividad económica.
Ahora en la Declaración Anual podrías deducir hasta 15% del total de tus ingresos o la suma anual equivalente a 5 veces de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Si en el año recibiste atención y tienes facturas con tu RFC del médico, dentista o de servicios profesionales de nutrición o psicología, puedes deducirlos.
Otros de los gastos de salud que puedes deducir son los hospitalarios y medicinas incluidas en las facturas de hospitales.
Los comprobantes de las farmacias no son aplicables para deducciones.
¿Usas lentes? Puedes deducir hasta 2 mil 500 pesos por concepto de lentes ópticos graduados. En el comprobante deben describirse las características de los lentes o contar con el diagnóstico del optometrista u oftalmólogo.
Las protesis y primas de seguros de gastos médicos también puedes aplicarlos como deducibles.
Los gastos de funerales equivalentes a 32 mil 693 pesos realizados para ti. En caso de que el gasto haya sido para padres, cónyuge, concubino (a) o abuelos o hijos, podrás deducirlos con la condición de que ninguno de ellos perciban ingresos por el equivalente de la deducción.
El pago de colegiaturas en instituciones educativas privadas también son un concepto deducible. Para hacerlo efectivo se requiere comprobante de pago.
Los límites anuales de deducción con:
Las inscripciones o reinscripciones NO son deducibles.
En el caso del transporte escolar solo se podrá deducir si es obligatorio.
Los intereses devengados y pagados por créditos hipotecarios para casa habitación que no excedan 750 mil unidades de inversión; contraídos con bancos, Infonavit o Fovissste, entre otras instituciones.
Si depositaste a tu subcuenta de aportaciones voluntarias, puedes deducir hasta 10% de tus ingresos acumulables, con el límite de la suma anual de 5 UMAs.
Debes presentar tu Declaración Anual antes del 30 de abril.
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