A partir de la reforma fiscal 2022; toda persona física o moral que proporcione el uso de plataformas tecnológicas a terceros para generar ingresos deberá emitir certificados de retención a sus prestadores de servicios.
Gracias a la acelerada transformación digital son cada vez más las empresas que utilizan el modelo de negocio de plataformas digitales para la intermediación de servicios como:
Algunas de las plataformas digitales más reconocidas en el país y a nivel mundial son: Uber, Didi, Rappi, Amazon, Mercado Libre, AirBnB. Sin embargo, cada día existen más plataformas en el mercado que se han tenido que enfrentar a los nuevos retos y requerimientos que la reforma fiscal trajo consigo.
Ante este escenario, Heru desarrolló una área estratégica enfocada en brindar soluciones fiscales para los negocios con la finalidad de automatizar procesos que en muchas ocasiones se realizan de manera manual utilizando tiempo que podría ser aprovechado en el crecimiento del negocio.
En este artículo detallamos algunas de las preguntas frecuentes sobre las retenciones que deben realizar las plataformas digitales y las soluciones que ofrece Heru.
Si tu modelo de negocio está basado en la utilización de alguna herramienta digital, aplicación, web app o similar; que ofrezca la intermediación entre el cliente final y un prestador de servicios independiente afiliado a tu plataforma tienes la obligación de retener impuestos y trasladarlos al SAT. Pero además debes emitir los certificados de retención que amparen dicha retención a tu prestador de servicios.
Todo usuario que utilice tu plataforma digital para generar ingresos, deberá entregar su información fiscal con la finalidad de que puedas retener los impuestos correspondientes de acuerdo al tipo de actividad que realicen.
Los porcentajes de retención son:
En el caso de los servicios de hospedaje también se debe considerar el impuesto al hospedaje cuyo porcentaje varía en cada estado de la república. Cabe destacar que este impuesto no te corresponde retenerlo a ti.
En este caso el impuesto sobre hospedaje se le cobrará al huésped; el prestador de servicio lo cobrará a través de tu plataforma digital y será él quien sea responsable de pagarlo a la autoridad estatal.
Todo usuario de plataformas digitales para intermediación de servicios tiene la obligación de darse de alta en el SAT, declarar y pagar sus impuestos correspondientes. Sin embargo, si se niega a hacerlo o decide no entregar su información fiscal, tienes la obligación de retener hasta el 36% de ISR y el 16% de IVA.
Con la entrada en vigor de la reforma fiscal para 2022; específicamente en el apartado del CFDI que ampara las retenciones e información de pagos; el SAT determinó que todo comprobante de retención y sus complementos deben adecuarse a la versión 2.0 que determina que todo certificado de retención debe incluir los siguientes datos:
Para la emisión de dichos certificados tienes la opción de generarlos manualmente o utilizar una plataforma como Heru, para automatizar dicho proceso.
En Heru queremos ver crecer tu negocio, por ello diseñamos un serie de servicios enfocados en los negocios de plataformas digitales entre los que se encuentran: